Conepa se refiere concretamente a «la obligatoriedad de exhibir al público de forma perfectamente visible y en caracteres no inferiores a siete milímetros los precios, las leyendas sobre derecho a presupuesto, los horarios, las garantías y la disponibilidad de hojas de reclamaciones”. Todo ello lo regulaba el punto 1 del artículo 12 del Real Decreto 1457/1986, pero ese punto fue eliminado por la Ley 29/2009, que específicamente deroga “El artículo 12.1 del Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes”.
Estando por tanto derogado ese punto desde hace meses por dicha Ley 29/2009 (que modificaba la Ley General de Publicidad «para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios»), en el nuevo Real Decreto 455/2010 las obligaciones del taller respecto a la información al consumidor «se completan con lo recogido en la Ley 17/2009«, que establece la puesta a disposición del cliente “de forma clara e inequívoca” -antes de la celebración del contrato o de la prestación del servicio- de una gran cantidad de información, entre ella la mencionada en el artículo de Consumer, pero no establece que «deba estar expuesta obligatoriamente en el local, sino que puede ser comunicada a través de otros medios, por ejemplo por medio de correo electrónico o a través de una página web», detalla Conepa.
Efectivamente, el Real Decreto 455/2010 modifica el Real Decreto 1457/1986 y entre otros cambios especifica en el punto ocho de su artículo único lo siguiente: “Se añade un nuevo apartado 6 al artículo 12 que queda redactado como sigue: Todo lo anterior se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en el articulo 22 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, que establece las obligaciones de información de los prestadores».
No obstante, “en el momento en que el nuevo Real Decreto apareció en el Boletín Oficial del Estado, Conepa aconsejó a sus asociaciones miembros aclaraciones a las respectivas Comunidades Autónomas sobre cómo han de actuar ahora los talleres, dado que las competencias relativas a Consumo están transferidas. De momento, esperamos respuesta de los organismos competentes”, señala la patronal de talleres.
A la espera de lo que indiquen las CCAA, Conepa recomienda a los talleres que sean lo más transparentes posible en la información al usuario: “Entendemos que, aunque la norma ya no obligue a hacerlo en el local del taller, cuanto más información y de manera más sencilla se ponga a disposición del usuario mejor será para la imagen de la empresa”, considera Víctor Rivera, secretario general de la federación.
Sobre las diferencias de precio existentes en los talleres, a las que se hace referencia en el artículo de Consumer, Rivera indica que “cada empresa establece sus precios en función de muchos parámetros diferentes: estructura, costes, ubicación, objetivos comerciales, etc. Que existan diferencias notables demuestra que éste es un sector muy competitivo y que el usuario tiene un amplio abanico de posibilidades dónde elegir”.