La decisión, tanto de Mercedes como del Grupo VW, de no vender recambios oficiales a los distribuidores multimarca, en cumplimiento del Reglamento 1400/2002 prorrogado por el 461/2010, que establece que no se puede vender a revendedores, puede tener sus días contados…
Miguel Ángel Cuerno, presidente de Ancera: “Hemos conseguido convencerles de que nos tienen que dar las piezas, pero no nos hemos puesto de acuerdo en el modo”.
“Ya les hemos convencido de que hay un procedimiento legal que les obligaría a darnos el recambio. Nos ha costado un año y medio”, asegura Miguel Ángel Cuerno, presidente de Ancera, en declaraciones a AUTOPOS. “Hemos conseguido convencerles de que nos tienen que dar las piezas, pero no nos hemos puesto de acuerdo en el modo”.
Desde el Grupo VW no han querido confirmar ni desmentir nada: “Por favor, comprende que no vamos a entrar en detalles de este asunto. Sólo podemos reiterar nuestro compromiso con el correcto cumplimiento de la legislación aplicable en cada momento”, le han expresado fuentes del Grupo Volkswagen a esta periodista.
La clave está en el documento ‘Preguntas más frecuentes sobre la aplicación de las normas de defensa de la competencia de la UE al sector de los vehículos de motor’, publicado el 20 de agosto de 2012 por la Comisión Europea. Y es que, como señala Cuerno, “en una de esas preguntas se establece que si un taller encarga una pieza a un distribuidor la marca debe proporcionársela. Se llama compra por mandato y, si no lo hace, sería una infracción grave a la competencia”.
Esto es lo que dice el documento: “¿Puede impedir un proveedor de vehículos a un miembro de su red autorizada de distribución de recambios vender recambios a talleres de reparación independientes que utilicen distribuidores independientes de recambios como agentes de compra? En general, no. Si un distribuidor de recambios autorizado decide unilateralmente no vender a talleres de reparación independientes que utilizan agentes, no se incumplen las normas de competencia de la UE. Sin embargo, si un proveedor de vehículos da instrucciones a sus distribuidores de no vender a través de agentes, es probable que sus acuerdos de distribución infrinjan las normas de competencia de la UE”. Y esto último es lo que ha pasado.
Queda por saber por tanto las condiciones en que las citadas marcas van a ‘vender’ las piezas a la distribución. Ese será el siguiente paso.
El siguiente paso irá para largo…
¿Y cómo no se habían dado cuenta antes si el documento era de 2012?