Los vehículos sin etiqueta DGT no podrán entrar en Madrid

A partir de 2025

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El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado y publicado en el BOAM la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid, cuyo objetivo es “reducir la circulación de los vehículos que contaminan y avanzar progresivamente hasta crear en 2024 una de las zonas de bajas emisiones (ZBE) más grandes de Europa”.

Esta nueva Ordenanza se ha publicado este 21 de septiembre en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM), por lo que, a partir de ahora, entran a funcionar todas las medidas, excepto tres que deben pasar por un estudio de demanda: las plazas de rotación dedicadas a sanitarios y otros servicios esenciales, la tarifa dinámica del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) –será más caro el parquímetro cuanta más contaminación haya- y la carga y descarga inteligente.

Esta nueva Ordenanza de movilidad mantiene los mismos límites y restricciones a la circulación que ya se venían aplicando con Madrid Central, aunque en la práctica amplía el número de vehículos a los que se les permite la circulación por las zonas restringidas, ya que los comerciantes recibirán el mismo tratamiento que los residentes de la zona. De este modo, podrán circular libremente al tiempo que podrán registrar hasta tres matrículas que a su vez podrán modificar mensualmente.

La ZBE, cada vez más restringida…

En referencia a los vehículos, además de las dos zonas de bajas emisiones que se crean, a partir del 1 de enero de 2022 se restringe el acceso y circulación en el interior de la M-30 a los vehículos sin distintivo ambiental, conocidos como A -vehículos diésel matriculados antes del 2006 y de gasolina matriculados-, que no estén domiciliados en Madrid. Desde el 1 de enero de 2023, esta restricción incluirá también la M-30.

Asimismo, tal y como recoge la nueva Ordenanza, a partir del 1 de enero de 2024, ningún vehículo sin distintivo ambiental no domiciliado en Madrid podrá circular por el interior de la M-40, mientras que, desde el 1 de enero de 2025, ningún vehículo sin distintivo ambiental, incluidos los domiciliados en Madrid, podrá circular por todo el término municipal.

Por su parte, en lo que respecta a las ZBE (Zonas de Bajas emisiones), además del perímetro que formaba parte de las restricciones impuestas por Madrid Central, ahora se añadirá una segunda zona, en el entorno de Plaza Elíptica, que comenzará a funcionar tres meses después de la publicación en el boletín. El área comprende la calle Faro, avenida de Abrantes, calle Portalegre, avenida de Oporto, travesía de Antonia Lancha, calle Santa Lucrecia, calle Antonio Leyva, calle de Arlanza, lateral paseo de Santa María de la Cabeza en sentido entrada a Madrid hasta puente de los Capuchinos. También la calle Manuel Noya, calle Cerecinos, calle Fornillos, calle Ricardo Beltrán y Rozpide hasta el número 8, avenida Princesa Juana de Austria en sentido entrada a Madrid y la calle Vía Lusitana intersección con calle Faro cruzando el parque de la Emperatriz María de Austria.

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