El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) ha estimado los recursos presentados por la Asociación Nacional de Empresarios de Transportes en Autocares (ANETRA) y la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) contra el concurso de Renfe Viajeros para la creación de una filial de autobuses destinada a gestionar los servicios de transporte alternativo por carretera. La resolución anula las cláusulas impugnadas del procedimiento y obliga a retrotraer la licitación.
El procedimiento, denominado Acuerdo Marco de Servicio de transporte alternativo por carretera (expediente 2026-00786), contaba con un valor estimado de 923,3 millones de euros. Según el TACRC, la configuración del concurso vulneraba diversos principios de la contratación pública y restringía de forma significativa la competencia.
Entre los principales motivos de la resolución, el tribunal considera que Renfe no justificó suficientemente la necesidad de constituir una sociedad mixta participada al 51% por un único socio privado para prestar estos servicios, en lugar de recurrir a otras fórmulas de contratación.
Asimismo, censura que la licitación se planteara como un único contrato de ámbito nacional, sin división en lotes territoriales u operativos, lo que, a juicio del órgano administrativo, dificulta el acceso de pequeñas y medianas empresas del sector.
«Restricción severa»
Otro de los aspectos cuestionados son los requisitos de solvencia exigidos a los licitadores. El pliego establecía una facturación mínima anual de 75 millones de euros y la disponibilidad en propiedad de al menos 500 autobuses -300 en el caso de uniones temporales de empresas (UTE)-. El tribunal considera que estas condiciones suponían una «restricción severa de la concurrencia» al no estar suficientemente justificadas.
La resolución también aprecia irregularidades en las limitaciones impuestas a las UTE, en la duración prevista del acuerdo marco -con una vigencia inicial de diez años y posibilidad de ampliación hasta quince, frente al límite legal de ocho años para este tipo de contratos- y en la ausencia de publicación del anuncio de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).
Además, el TACRC señala que el presupuesto base de licitación no desglosaba adecuadamente los costes directos, indirectos y salariales, incumpliendo las exigencias de transparencia previstas en la normativa de contratación pública.
ANETRA y Fenadismer han valorado positivamente la resolución, al considerar que protege la libre competencia y facilita la participación de las pequeñas y medianas empresas del transporte de viajeros por carretera en futuras licitaciones.
Tras este pronunciamiento, ambas organizaciones reclaman a Renfe Viajeros que cualquier nuevo procedimiento para contratar los servicios de transporte alternativo por carretera se estructure mediante licitaciones transparentes y divididas por lotes, con el objetivo de favorecer una mayor concurrencia de empresas del sector.



