La modificación del Reglamento General de Vehículos ha supuesto un cambio relevante para el mantenimiento de los neumáticos en los talleres de vehículo industrial. La reforma, aprobada este año, pone fin a una situación que el sector llevaba tiempo reclamando: la legislación española ya fija expresamente una profundidad mínima de dibujo de 1 milímetro para los neumáticos de camiones, autobuses y remolques pesados, como publicamos tras su aprobación.
Hasta ahora, la normativa exigía que los neumáticos conservaran el dibujo, pero no establecía un valor mínimo, lo que daba lugar a diferentes interpretaciones sobre cuándo una cubierta dejaba de cumplir los requisitos legales.
Desde la Agrupación de Fabricantes de Neumáticos (Afane), valoran especialmente que el reglamento establezca por primera vez un criterio objetivo sobre el desgaste de los neumáticos de vehículo industrial. A su juicio, la nueva regulación facilitará el trabajo de los talleres a la hora de recomendar la sustitución de las cubiertas y contribuirá a reforzar la cultura del mantenimiento preventivo en las flotas.
Pero el establecimiento del límite de 1 mm no es la única novedad. Estos son los cinco cambios más relevantes que introduce el reglamento.
1. Se fija por primera vez una profundidad mínima de dibujo
La principal novedad es que los neumáticos de camiones, autobuses y remolques de más de 3,5 toneladas deberán mantener una profundidad mínima de 1 milímetro en las ranuras principales del dibujo. En el caso de los turismos y vehículos ligeros, el límite continúa siendo de 1,6 milímetros, por lo que la reforma adapta la regulación de los vehículos industriales a sus características de uso y construcción.
2. Los talleres cuentan ahora con un criterio legal objetivo
La ausencia de un valor numérico obligaba hasta ahora a interpretar cuándo un neumático había agotado su vida útil desde el punto de vista legal. Con el nuevo reglamento, los talleres disponen de una referencia objetiva para informar a sus clientes, planificar sustituciones y documentar el estado de las cubiertas durante las operaciones de mantenimiento. Para Afane, este cambio pone fin a la incertidumbre jurídica existente hasta la fecha y genera un plus de negocio para la posventa.
3. Circular por debajo del límite puede salir caro
El incumplimiento de la nueva exigencia puede suponer una multa de 200 euros por cada neumático que no alcance la profundidad mínima establecida. En un vehículo articulado con varios neumáticos fuera de los límites legales, la cuantía de la sanción puede multiplicarse, lo que refuerza la importancia de realizar controles periódicos del desgaste.
4. El estado de los neumáticos puede derivar en una infracción más grave
La reforma recuerda además que, cuando concurran condiciones meteorológicas adversas, los camiones y autobuses de más de 7,5 toneladas que circulen con tres o más neumáticos en mal estado podrán ser denunciados por conducción temeraria si ello supone un riesgo grave para la seguridad vial. En ese caso, la sanción asciende a 500 euros y la retirada de seis puntos del permiso de conducción.
5. El símbolo 3PMSF pasa a ser la referencia para los neumáticos de invierno
Otro de los cambios introducidos por el reglamento afecta a la identificación de los neumáticos certificados para invierno. La norma reconoce el pictograma 3PMSF (la montaña de tres picos con un copo de nieve) como el distintivo que identifica este tipo de neumáticos, incluidos los Todo Tiempo, unificando así el criterio utilizado para su reconocimiento.


