
Tras un año de tramitación desde que el Gobierno pusiera en marcha el compromiso adquirido con las asociaciones de transportistas, el Parlamento ha aprobado definitivamente la Ley que establece un nuevo régimen sancionador contra la morosidad en el transporte de mercancías, que entra en vigor en las próximas semanas una vez se publique en el BOE.
Este nuevo régimen obligará a reducir los plazos de pago existentes en la actualidad hasta un máximo de 60 días desde la prestación del servicio de transporte, que actualmente incumplen un 65% de las empresas cargadoras e intermediarios que contratan a los transportistas, según los resultados del Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el sector del transporte por carretera en España que elabora mensualmente Fenadismer, la patronal que defiende los intereses de las empresas transportistas.
La federación ha valorado muy positivamente la nueva normativa aprobada ya que, aseguran, “permitirá luchar de forma eficaz contra la lacra endémica de la morosidad y dilación de los pagos que viene sufriendo históricamente el sector del transporte por carretera”.
Así, a través del Observatorio permanente de la morosidad, que Fenadismer lleva elaborando mensualmente desde 2012 en colaboración con la Fundación Quijote para el Transporte, se ha venido constatando un incumplimiento “escandaloso y sistemático” de los plazos máximos de pago legalmente establecidos por parte de las empresas cargadoras y operadores logísticos e intermediarios que contratan a los transportistas. Y es que, según la federación, estas empresas han impuesto condiciones abusivas a sus proveedores con absoluta impunidad, “basando de este modo su rentabilidad no en su actividad productiva, sino en la actividad financiera que generan a costa de los autónomos y pymes que trabajan para estos grandes grupos empresariales”.
De hecho, dos de cada tres pagos que se realizan a las empresas transportistas por parte de sus clientes incumplieron la legislación vigente en materia de morosidad al superar el plazo máximo de 60 días a contar desde la realización del servicio. Además, de ellos casi la mitad se realizaron a más de 90 días e incluso una cuarta parte a más de 120 días, es decir, a 6 meses.
En este sentido, la Ley establece un régimen sancionador dirigido a las empresas cargadoras, intermediarias y flotistas que paguen a los transportistas a más de 60 días, previendo sanciones económicas de hasta 6.000 euros, que podrán alcanzar los 30.000 euros para aquellas situaciones reincidentes más abusivas en materia de plazos de pago. En concreto, en aquellos casos en que se superen en más de 120 días el plazo máximo legal de pago o que sin superarlo se considere que la conducta afecta significativamente a la capacidad y a la solvencia económica del transportista.



