• AUTOPOS
  • LA COMUNIDAD DEL TALLER
  • TRUCKIND
  • POSVENTA SOSTENIBLE
  • MVP DEL TALLER
  • MVPress – Quiénes somos
  • AUTOPOS
  • LA COMUNIDAD DEL TALLER
  • TRUCKIND
  • POSVENTA SOSTENIBLE
  • MVP DEL TALLER
  • MVPress – Quiénes somos
  • AUTOPOS
  • Noticias
    • Noticias
    • Actualidad
    • Tendencias
    • Concesionarios
    • Posventa marcas
    • El Mercado
      • Mercado empresas
      • Mercado productos
      • Remitidas
  • Producción Propia
    • Producción Propia
    • Comunidad Autopos
  • Somos Personas
  • Edición especial
  • Opinión
  • Kiosko
  • MVPress – Quiénes somos
  • La Comunidad del Taller
  • TRUCKIND
  • Posventa Sostenible
  • MVP del Taller
  • Newsletter
  • Instagram Autopos
  • YouTube Autopos
  • Noticias
    • Actualidad
    • El Mercado
      • Mercado empresas
      • Mercado productos
      • Remitidas
    • Posventa marcas
    • Tendencias
    • Concesionarios
  • Producción Propia
    • Comunidad Autopos
  • Somos Personas
  • Edición especial
  • Opinión
  • Kiosko
  • Noticias
    • Actualidad
    • El Mercado
      • Mercado empresas
      • Mercado productos
      • Remitidas
    • Posventa marcas
    • Tendencias
    • Concesionarios
  • Producción Propia
    • Comunidad Autopos
  • Somos Personas
  • Edición especial
  • Opinión
  • Kiosko
Inicio AUTOPOS

La reforma laboral afecta a los contratos formativos

CIRA, patronal de recambistas catalanes, explica cómo

Los Contratos Formativos, Afectados Por La Reforma Laboral
Redacción Redacción
Publicado el 07/02/2022
en AUTOPOS, El Mercado
A A
0

CIRA, patronal de recambistas catalanes, analiza la novedades que introduce la reforma laboral respecto a los contratos formativos. Entre otras cuestiones, se eliminan los anteriores límites de edad (entre 16 y 25 años), no podrá establecerse una duración inferior a tres meses ni superior a dos años, y el contrato puede interrumpirse durante los períodos de descanso del centro educativo si así se prevé.

Relacionados

CIRA demuestra ‘tirón’ entre los suyos

«Siempre nos ha costado mucho repercutir a nuestros clientes los incrementos en los costes»

Los cinco mejores trabajos para recambistas

La reciente reforma laboral (reglada por el  Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre) modifica el artículo 11 del Estatuto de los trabajadores para definir unos nuevos contratos formativos. Estos contratos entrarán en vigor a partir del 31 de marzo de 2022, pero los ya realizados y vigentes lo estarán hasta la finalización de su duración máxima.

También incluye dos modalidades de contratos formativos: en alternancia Trabajo-formación y para la obtención de la práctica profesional. Se eliminan los antiguos contratos en prácticas, para la formación y el aprendizaje y para la formación dual universitaria.

Contrato de Formación en Alternancia

El contrato para la formación y el aprendizaje pasa a denominarse «contrato de formación en alternancia», y su objeto es compatibilizar la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos. Se formaliza por escrito entre empresa y estudiante trabajador, y el plan formativo -en el que constará el contenido de la formación, el calendario y actividades y los requisitos de tutoría- se elabora por el centro educativo con participación de la empresa.

Requisitos. Antes estos contratos sólo se podían utilizar para compatibilizar empleo con formación profesional. Ahora pueden formalizarse con quienes cursen estudios universitarios u otras formaciones que se determinen. Además:

  • Se eliminan los límites de edad (entre los 16 y los 25 años, salvo trabajadores con discapacidad). Si el contrato se suscribe en el marco de certificados de profesionalidad de nivel 1 y 2 o a través del Sistema Nacional de Empleo, sólo podrá ser concertado con personas de hasta 30 años, salvo discapacidad.
  • Se mantiene la exigencia de que el trabajador carezca de la cualificación profesional necesaria para realizar un contrato formativo, pero se introduce la posibilidad de utilizar este contrato aunque el trabajador tenga un título previo, siempre que antes no haya tenido un contrato formativo del mismo nivel formativo y sector.

Ejemplo. Un trabajador finalizó su grado universitario en Derecho y es contratado con un contrato formativo por unos abogados. Si empieza un máster de Abogacía, no podrá ser contratado por el mismo despacho ni por otro con un contrato en alternancia. Pero si se matricula en Psicología, sí podrá ser contratado en alternancia en un gabinete de psicólogos mientras dure el curso.

Otros requisitos

Duración. El plan formativo será el que determine la duración mínima y máxima de este tipo de contrato, con un mínimo de tres meses y un máximo de dos años. No podrá establecerse un período de prueba, y las funciones asignadas al estudiante deberán relacionarse con su formación.

Varias empresas. Sólo se puede formalizar un contrato en alternancia por estudiante y empresa por cada ciclo formativo de FP o grado universitario. Ahora bien, el estudiante podrá suscribir varios contratos en alternancia con varias empresas, en relación con los mismos estudios y siempre que cada contrato responda a actividades distintas. Eso sí: la suma de todos los contratos no podrá superar la duración máxima de dos años.

Tiempo de trabajo. El tiempo de trabajo efectivo debe ser compatible con el tiempo de estudio en el centro de formación. Así, no podrá ser superior al 65 % durante el primer año ni al 85 % durante el segundo. Además:

  • Los estudiantes contratados no podrán realizar horas complementarias ni extraordinarias, salvo en el caso de siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes.
  • Tampoco podrán realizar trabajos nocturnos ni a turnos, salvo que no sea posible el desarrollo de las funciones en otros períodos (por ejemplo, una formación de pescador puede incluir tener que realizar tareas durante la madrugada).

Retribución. El convenio determinará la retribución para estos trabajadores. En su defecto, no podrá ser inferior al 60 % el primer año ni al 75 % el segundo respecto de la del grupo profesional y el nivel retributivo correspondiente, en proporción al tiempo de trabajo. En ningún caso podrá ser inferior al SMI en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

Contrato para la Obtención de la Práctica Profesional

Entre otras novedades, podríamos destacar:

  • Este nuevo tipo de contratos no podrán tener una duración superior a un año mientras antes la duración máxima estaba establecida en 2 años.
  • Se reduce el margen de tiempo disponible para poder realizar este tipo de contratos. Con anterioridad a la reforma se disponía de los 5 años siguientes a la terminación de los estudios; ahora se queda en 3 años. Para personas con discapacidad este límite se reduce de 7 a 5 años.
  • Con estos nuevos contratos el período de prueba se generaliza en un mes para todos los trabajadores, salvo lo dispuesto en convenio colectivo; mientras hasta la reforma cabía la posibilidad de ampliarse a 2 meses para los contratos en prácticas celebrados con trabajadores que estuviesen en posesión de título de grado superior o de certificado de profesionalidad de nivel 3.
  • Hasta la fecha se permitía reducir la retribución hasta un 60% el primer año y un 75% el segundo año del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñase el mismo o equivalente puesto de trabajo; la reforma elimina esta posibilidad de reducción y la fija en la establecida en el convenio colectivo para estos contratos o grupo profesional y nivel retributivo correspondiente a las funciones desempeñadas (sin que pueda ser inferior a la retribución mínima del contrato para la formación en alternancia ni al SMI en proporción al tiempo de trabajo efectivo).

CUADRO RESUMEN

De forma esquemática vemos en este cuadro las principales novedades de este tipo de contratos y los aspectos claves que necesariamente debemos conocer para formalizarlos correctamente:

Autopos - Cira Ley

Etiquetas: CIRArecambistasReforma laboral
Redacción

Redacción

La posventa es nuestro mercado y nuestra misión es aportar valor al sector desde nuestro compromiso como periodistas. Una redacción dedicada por completo al aftermarket.

Siguiente entrada
¿Cómo Afecta La Reforma Laboral A Los Contratos Formativos?

¿Cómo afecta la reforma laboral a los contratos formativos?

Autopos-|

Ajusta así el rodillo tensor para evitar daños en el motor

Gsp, La Importancia De Tomar Una Decisión Correcta

GSP, la importancia de tomar una decisión correcta

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

He leído y acepto la Política de privacidad .

Información sobre protección de datos Responsable: Market Version Press. Fin del tratamiento: Controlar el spam, gestión de comentarios. Legitimación: Tu consentimiento. Comunicación de los datos: No se comunicarán los datos a terceros salvo por obligación legal. Derechos: Acceso, rectificación, portabilidad, olvido. Destinatarios: Tus datos se alojarán en los servidores de Cloudways Ltd. Contacto: [email protected] Información adicional: Más información en nuestra política de privacidad.

Últimos comentarios

  • Es bueno que la gente buena se una con la buena gente...
    Manolo Justo En: ZOEL Auto Parts se integra en Recalvi
  • Seguimos con la adquisiciones de los grandes distribuidores del Aftermarket Automotive; me alegro...
    Domu En: Ya es oficial: Mutua Madrileña cierra la compra de Reynasa
  • Movimiento empresarial con muchas lecturas e interesante. Malísima noticia para el sector de la...
    Solochapaypintura En: Ya es oficial: Mutua Madrileña cierra la compra de Reynasa
  • Y tres semanas después....... tachán!!!! Reynasa y Mutua...
    josu En: Lluís Tarrés (Serca): “Nuestro futuro no pasa por retener a distribuidores inmovilistas”
  • El siguiente paso va a ser que los talleres concertados les obliguen a...
    Eduardo En: Mutua Madrileña negocia la compra de Reynasa

SUSCRÍBETE

Suscríbete a la Newsletter y te mantendremos informado de la actualidad.
¡VAMOS!

Autopos

AUTOPOS-R111-Cubierta-100ppp

La Comunidad del Taller

LCT81

TRUCKIND

TRUCKIND 07

Escucha ya el Podcast de la posventa

PodcastAutopos-350x350

La editorial 100% posventa.

Nosotros

Si quieres conocernos mvpress.es

  • Redacción: [email protected]
  • Publicidad: [email protected]

Legales

Política de Privacidad
Política de Cookies

Autopos

Linkedin-in Youtube Facebook-f Instagram

Comunidad Taller

Facebook-f Youtube Linkedin Instagram

A PIE DE TALLER

Instagram Facebook Youtube Tiktok

truckind

Linkedin-in Youtube
  • Calle Carpinteros número 6, Oficina 25. Edificio Prolar
    28670 Villaviciosa de Odón Madrid, España
  • (+34) 91 616 19 12
© 2026 Copyright Market Version Press, S.L – Todos los derechos reservados
Diseño & Desarrollo with ❤️ jaime.digital

Recibe las novedades por email

Para estar al día de la actualidad del sector y conocer la información más relevante dirigida al binomio fabricante-distribuidor, suscríbete a nuestro newsletter.

No usamos tus datos con fines comerciales.
Elige qué noticias recibirás al darte de alta.

Cerrar
No Result
View All Result
  • Concurso MVP
  • Ediciones anteriores MVP
  • Mercado
    • Mercado empresas
    • Mercado productos
  • Política de Cookies
  • Política de privacidad
  • Posventa camiones
    • Actualidad
    • El Kiosko de TRUCKIND
    • Información técnica en Truckind
    • Mercado
      • Mercado empresas Truckind
      • Mercado productos Truckind
    • Posventa de vehículo industrial
    • Posventa marcas
    • Producción Propia
    • Somos personas
    • Tendencias
  • Posventa Sostenible
    • Innovación
    • Movilidad
    • Normativa
    • Responsabilidad
  • Premios MVP
  • Presentación MVP
  • Prueba banner MB
  • Recambios
    • Actualidad
    • Comunidad Autopos
    • Concesionarios
    • Edición especial
    • El Mercado
    • Librería de publicaciones
    • Noticias posventa automoción
    • Opinión
      • Columnas
      • Desde la comunidad, con amor
      • Pisando el área
    • Posventa marcas
    • Producción Propia
    • Somos Personas
    • Suscripción
    • Tendencias
  • Reglamento MVP
  • Reparación
  • Talleres
    • Actualidad
    • Chapa y pintura
    • El Kiosko de La Comunidad del Taller
    • Información técnica
    • Mecánica
    • Neumáticos
    • Nuestros Blogueros
      • Carlos G. Pozo
    • Reparación

Usamos cookies para asegurar que te damos la mejor experiencia en nuestra web. Si continúas usando este sitio, asumiremos que estás de acuerdo con ello.