En mayo de 2021 se publicó en el BOE el primer curso de especialización en mantenimiento de vehículos híbridos y eléctricos, un curso de Formación Profesional de Grado Medio de 650 horas de duración. Podrán acceder a él los titulados superiores en Automoción -también los que se hayan titulado en otras ramas como Mantenimiento de sistemas electrónicos y aviónicos en aeronaves, en Mantenimiento aeromecánico de aviones con motor de pistón o en Mantenimiento Aeromecánico de aviones con motor de turbina.
Pues bien, el nuevo proyecto formativo representa ahora un nuevo nivel específico para este tipo de vehículos, con un amplio módulo orientado a temas de seguridad.
CONEPA, la Federación de asociaciones de talleres, valora positivamente la implementación de estas especialidades y la integración de los módulos de seguridad en las mismas en beneficio de la salud y seguridad en el trabajo.
Sobre el Decreto
El Boletín Oficial del Estado publicaba hoy el Real Decreto 109/2022, de 8 de febrero, por el que se establece el curso de especialización en mantenimiento y seguridad en sistemas de vehículos híbridos y eléctricos y con el que se fijan los aspectos básicos del currículo.
El Gobierno de España ha diseño y aprobado este programa reglado específico con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, en cumplimiento de sus competencias en materia de formación y previa consulta a las Comunidades Autónomas.
Elementos identificativos del nuevo curso:
- Denominación: Mantenimiento y seguridad en sistemas de vehículos híbridos y eléctricos.
- Nivel: Formación Profesional de Grado Superior. Duración: 650 horas.
- Familia Profesional: Transporte y Mantenimiento de Vehículos (únicamente a efectos de clasificación de las enseñanzas de formación profesional).
- Ramas de conocimiento: Ciencias. Ingeniería y arquitectura.
- Equivalencia en créditos ECTS: 40 Créditos. Referente en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación: P-5.5.4.
Asimismo, los centros docentes que oferten estos cursos de especialización deberán cumplir, además de lo establecido en el Real Decreto, el requisito de impartir alguno de los títulos que dan acceso a los mismos:
- Título de Técnico Superior en Automoción establecido por el Real Decreto 1796/2008, de 3 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico Superior en Automoción y se fijan sus enseñanzas mínimas.
- Título de Técnico Superior en Mantenimiento de Sistemas Electrónicos y Aviónicos en Aeronaves establecido por el Real Decreto 1448/2018, de 14 de diciembre, por el que se establece el Título de Técnico Superior en Mantenimiento de Sistemas Electrónicos y Aviónicos en Aeronaves y se fijan los aspectos básicos del currículo.
- Título de Técnico Superior en Mantenimiento Aeromecánico de aviones con motor de pistón establecido por el Real Decreto 1444/2018, de 14 de diciembre, por el que se establece el Título de Técnico Superior en Mantenimiento Aeromecánico de aviones con motor de pistón y se fijan los aspectos básicos del currículo.
- Título de Técnico Superior en Mantenimiento Aeromecánico de aviones con motor de turbina establecido por el Real Decreto 1445/2018, de 14 de diciembre, por el que se establece el Título de Técnico Superior en Mantenimiento Aeromecánico de aviones con motor de turbina y se fijan los aspectos básicos del currículo.
La información completa del Decreto está en este enlace.


