Asetra, asociación de talleres de Madrid, ha firmado el texto del nuevo Convenio Colectivo de la Industria, Servicios e Instalaciones de la Comunidad de Madrid. AECIM, asociación de empresas del metal de Madrid, en cuya junta directiva se sienta Asetra, y las Organizaciones Sindicales más representativas del sector, CC.OO y UGT, firmaron hace una semana este texto del nuevo convenio colectivo aplicable a los talleres madrileños en 2018-2020.
Aunque de momento no está publicado en el diario oficial, la asociación ha realizado un primer avance de las cuestiones más importantes que afectan a los talleres madrileños.
-Compensación y absorción. Según informa Asetra, se mantiene la compensación y absorción de los incrementos salariales en un 75% a excepción de los salarios inferiores a 17.000 euros referidos a tablas salariales, es decir, el salario de convenio incluido más la antigüedad y la carencia de incentivos.
-Ascensos. Se elimina la reserva de ascensos por antigüedad, siendo a partir de ahora todos los ascensos por mérito y capacidad.
-Contrato de formación. Se reduce la duración mínima del contrato de formación hasta los seis meses, siendo de treinta la duración máxima, recogen desde la asociación.
-Incremento salarial. Se trata de un convenio cuya vigencia será de tres años, en el que se ha acordado un incremento de las tablas salariales del 2,1% para el año 2018, 2% y 2% para 2019 y 2020.
-Vacaciones. Las vacaciones anuales serán de 21 días laborables al año.
-Licencias. En lo referente a licencias se crea un permiso retribuido de 20 horas anuales para acompañamiento de cónyuges, hijos y padres sujetos a tratamiento oncológico. El inicio del disfrute de licencias y permisos será en día laborable y se utilizarán de forma consecutiva. El permiso para asistencia de 16 horas que ya existía para acompañamiento a médico de familiares de primer grado, podrá utilizarse también para asuntos escolares. Licencia por el tiempo indispensable para asistir a exámenes cuando el trabajador curse con regularidad estudios para obtener un título académico o profesional reconocido. En los casos de enfermedad grave o fallecimiento se incluye el requisito de que el desplazamiento sea como mínimo de 100 km y en otra provincia para poder disfrutar de la licencia de 4 días naturales.
-Jornada Anual. Se mantiene la jornada anual de 1.764 horas durante la vigencia del convenio.



