El taller mecánico es un espacio de trabajo, no un aparcamiento. Esta máxima ha sido recientemente avalada por la Audiencia Provincial de Pontevedra que pone en evidencia las consecuencias de dejar un vehículo durante meses en unas instalaciones ajenas. El caso, ocurrido en Vigo, ha terminado con una condena al propietario de un vehículo que deberá pagar 5.525,75 euros al taller por los gastos de estancia de su coche, al que dejó allí durante casi seis meses tras haber abonado la reparación, tal y como ha informado Faro de Vigo.
Los hechos se remontan a noviembre de 2021, cuando el establecimiento, Talleres Castiñeira, completó una reparación cuyo presupuesto ascendía a unos 850 euros. El taller notificó al dueño que debía retirar el vehículo en un plazo de tres días, advirtiéndole además de que, en caso contrario, se le aplicarían 25 euros diarios por la ocupación del espacio.
El cliente no acudió hasta febrero de 2022, momento en el que sí pagó la reparación, pero no se llevó el vehículo. Según alegó más tarde, su padre -que lo acompañaba- detectó moho en el interior y un retrovisor roto, lo que le hizo reconsiderar la retirada del coche en esas condiciones. Finalmente, el automóvil no fue recogido hasta mediados de mayo.
El conflicto legal
Este retraso acumulado en la retirada del vehículo fue el origen del conflicto legal. El taller, en base a la normativa de defensa del consumidor y al presupuesto previamente comunicado, reclamó el pago por los casi seis meses de ocupación del vehículo en sus instalaciones. El caso acabó en el Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Vigo, que dio la razón al taller. El cliente recurrió, pero ahora la Sección Sexta de la Audiencia Provincial ha confirmado el fallo anterior.
El tribunal rechaza todos los argumentos presentados por la defensa del propietario. En primer lugar, desestima que el cliente no aceptara las condiciones del presupuesto, ya que finalmente lo pagó, lo que supone una aceptación tácita. En segundo lugar, descarta que el estado del coche fuera negligente por parte del taller, al no contar con pruebas independientes que lo acrediten: el único testimonio presentado fue el del padre del propietario, que no se considera objetivo por su vinculación directa con el demandado.
También fue rechazada la aportación de unas fotografías del estado del coche, por haber sido presentadas fuera de plazo y sin que se hubiera formulado la protesta correspondiente en el proceso judicial anterior. En cuanto al supuesto acuerdo extrajudicial firmado bajo coacciones —alegando que el cliente lo hizo por necesidad de recuperar el coche—, el tribunal señala que no se aportó ninguna prueba que evidencie esa presión o situación de indefensión.
Por último, la Audiencia no considera que la tarifa diaria de 25 euros por la estancia del coche sea “abusiva o desproporcionada”. De hecho, recuerda que fue debidamente comunicada al cliente y figuraba en un cartel visible en las instalaciones del taller.



