TNU (Tratamiento de Neumáticos Usados) continúa con su campaña divulgativa ‘¿Sabías qué…? sobre los neumáticos usados’, con la que pretende dar a conocer todo aquello que hay detrás del proceso de reciclado de los neumáticos fuera de uso. Y en esta ocasión, el sistema integrado de gestión informa que, en la investigación de usos alternativos de neumáticos fuera de uso, las barreras de neumáticos aplicadas como dispositivo de protección en los deportes de motor, representan una “opción real” para detener el vehículo sin daños, evitando así lesiones al conductor en caso de accidente.
La Federación Internacional de Automovilismo elaboró un estudio para la protección de los circuitos de Fórmula 1 que llegó a la conclusión de que la misma barrera de neumáticos puede multiplicar por cinco su capacidad de absorción en función de su colocación y fijación. De este modo, se logra que el conjunto de neumáticos se comporte como un solo elemento, incrementando la disipación de energía por la transferencia de inercia y el rozamiento de los neumáticos entre ellos y el suelo, impidiendo que salgan despedidos tras un impacto.
De esta forma, en cien metros de barrera protectora se pueden reutilizar 600 neumáticos, apilados y entrelazados listos para absorber la energía cinética de un vehículo en caso de accidente, con la ventaja de ser una solución económica, ecológica y adaptable a cualquier trazado del circuito.



Buenas tardes.
Mi duda es la siguiente; ¿Podría utilizar esos neumáticos usados como barrera en un circuito de motos?
Según me comentan algunos pilotos, podrían ser sancionados por incumplimiento de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, pues queda prohibido el abandono, vertido o eliminación incontrolada de neumáticos fuera de uso en todo el territorio nacional.
También podría producirse una infracción a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular que en su artículo 108.3.ñ establece como infracción grave, La entrega, venta o cesión de residuos no peligrosos a personas físicas o jurídicas distintas de las señaladas en esta ley, así como la aceptación de los mismos en condiciones distintas de las que aparezcan en las correspondientes autorizaciones o en las normas establecidas en esta ley
Podrían ustedes aclararme esta duda y de qué forma podría solicitar estos neumáticos. Gracias