Según indican, la actual situación no afecta a la recogida y transporte de aceites usados, ya que las medidas restrictivas sobre el transporte del RD 463/2020 están referidas sólo al transporte de viajeros. Igual que tampoco implica alteración alguna de las operaciones de valorización de los aceites usados recogidos.
Por otro lado, destacan que la declaración del estado de alarma no implica limitación alguna a la actuación ordinaria de los fabricantes de aceites industriales adheridos a SIGAUS (fabricantes materiales, importadores o adquirentes intracomunitarios), salvo en lo que se refiere a la venta minorista de estos productos, a través de los establecimientos comerciales cuya apertura al público ha sido suspendida. Las restricciones, dicen, no afectan tampoco por tanto a la actividad de fabricar, importar o adquirir en la UE aceite industrial, ni a su transporte y distribución en el mercado mayorista.
En lo relativo a los talleres, “salvo indicación expresa en sentido contrario, pueden seguir ejerciendo su actividad en lo que se refiere a operaciones de mantenimiento de vehículos, entre ellas las de cambio de aceite lubricante, ya que su actividad no está considerada entre aquellas a las que se ponen restricciones en el mencionado RD 463/2020”. Eso, salvo que, como ya viene sucediendo en algunos lugares, las autoridades competentes obliguen a su cierre, como dice el artículo 10 del RD: “Se suspenderá la actividad de cualquier establecimiento (esté o no autorizado para su apertura) que, a juicio de la autoridad competente, pueda suponer un riesgo de contagio por las condiciones en las que se esté desarrollando”.
Desde SIGAUS terminan la nota, “como sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor, continuará garantizando la financiación de las operaciones de gestión de los aceites usados en España con total normalidad, dando continuidad a la gestión de este residuo peligroso allí donde sea necesario”.
